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Navidad 2020: normas y recomendaciones

Castilla y León se suma a las medidas del Gobierno para Navidad: Estas son las normas y recomendaciones
A excepción de Nochebuena y Nochevieja, se mantendrá el toque de queda que en el caso de Castilla y León se extiende entre las 22.00 y las 6.00 horas
El Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, reunido esta tarde con la participación de la consejera de Sanidad de la Junta de Castilla y León, Verónica Casado, ha aprobado el documento en el que se recogen las medidas y recomendaciones de salud pública a adoptar en el conjunto del territorio nacional de cara a la Navidad 2020.
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La Comunidad de Castilla y León ha traslado su apoyo a las disposiciones ahora acordadas y que responden a un “escenario social en el que se plantea la necesidad de que las diferentes intervenciones se planifiquen con anterioridad y con claridad para que la población pueda conocerlas con antelación suficiente de cara a la toma de decisiones en relación las tradicionales celebraciones navideñas”, tal y como han apuntado desde el ejecutivo autonómico a través de un comunicado.
En todo caso, las autoridades sanitarias insisten en la necesidad de la “responsabilidad individual y colectiva” y hacen un llamamiento generalizado y primordial a la “adopción de comportamientos que ayuden a limitar las posibilidades de nuevos contagios y brotes, especialmente en estas próximas fechas, referidos a evitar al máximo la movilidad ciudadana y aglomeraciones sociales”.
“Las Navidades son fechas de una honda tradición y con gran repercusión social y familiar que, en el actual escenario pandémico, se van a ver profundamente trastocadas en su habitual desarrollo, pues no en vano es fundamental recordar e insistir en que los principales ámbitos para la transmisión de brotes infecciosos por el nuevo coronavirus SARS-CoV-2 son los encuentros de familiares y amigos no convivientes en lugares cerrados, mal ventilados y en los que no se cumplen con la rigurosidad necesaria las medidas generales de protección frente a la COVID-19, especialmente el uso de la mascarilla o se desarrollan actividades incompatibles con su utilización continuada”, advierte la Junta.
Son días en los que habitualmente se produce un muy destacable incremento de desplazamientos, con movimientos masivos de personas por muy distintos motivos que generarán mayor riesgo de transmisión de la enfermedad, situación ante la que es necesaria la toma de medidas relacionadas con la limitación de esa movilidad tanto entre territorios como en las propias poblaciones.
Por todo ello y con el fin de evitar que celebraciones tradicionalmente propias de las Navidades quiebren la tendencia epidemiológica descendente de las últimas fechas, reflejada posteriormente en un agravamiento pandémico, es necesario que, en el ejercicio de una labor de coordinación nacional, autonómica, provincial, local y de los diferentes sectores sociales implicados, se establezca el marco común de medidas de salud pública referidas al próximo período navideño y su celebración en situación pandémica por la COVID-19.
Para ello, el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud ha definido este miércoles un Acuerdo en el que se establecen los siguientes cinco apartados con medidas y recomendaciones:
Limitación de la entrada y de la salida en las comunidades autónomas: entre el 23 de diciembre de 2020 y el 6 de enero de 2021, las comunidades autónomas y ciudades autónomas harán efectiva la limitación de la entrada y salida de sus territorios.
Encuentros con familiares y allegados: en relación con la limitación de la permanencia de grupos de personas en espacios públicos y privados, las comunidades autónomas y ciudades autónomas preverán que los encuentros familiares o con allegados para celebrar las comidas y cenas navideñas de los días 24, 25 y 31 de diciembre de 2020 y del 1 de enero de 2021 queden condicionados a que no se supere el número máximo de diez personas, salvo que se trate de convivientes, incluidos niños de cualquier edad.
En todo caso, se recomienda que estos encuentros se compongan de miembros que pertenezcan al mismo grupo de convivencia o, como máximo, de dos grupos convivientes.

Limitación de la movilidad nocturna: en las noches del 24 al 25 de diciembre de 2020 y del 31 de diciembre al 1 de enero de 2021, la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno prevista comenzará, a más tardar a las 1.30 horas, únicamente para permitir el regreso al domicilio.
En ningún caso se utilizará esta ampliación horaria para desplazarse a diferentes encuentros sociales.

El resto de días navideños se mantendrá el toque de queda que, en el caso de Castilla y León, se extiende entre las 22.00 y las 6.00 horas.

Eventos navideños: entre el 23 de diciembre de 2020 y el 6 de enero de 2021, no se permitirá la celebración de eventos presenciales con elevada afluencia de público, salvo que se garantice el cumplimiento de lo establecido en el documento de ‘Recomendaciones para eventos y actividades multitudinarias en el contexto de nueva normalidad por la COVID-19 en España’.
Asimismo, se recomiendan celebraciones que puedan garantizar el cumplimiento de las normas de higiene y prevención, tales como cabalgatas estáticas en lugares donde se pueda controlar el acceso, campanadas virtuales o retransmisiones de eventos navideños por televisión u otras opciones telemáticas.
En todo caso la autoridad sanitaria deberá evaluar los riesgos de transmisión de SARSCoV-2 asociados a eventos o actividades multitudinarias, previendo la adopción de medidas oportunas para reducir el riesgo.

RECOMENDACIONES PARA EL PERÍODO ENTRE EL 23 DE DICIEMBRE DE 2020 Y EL 6 DE ENERO DE 2021

Refuerzo de los mensajes sobre todas las medidas de prevención, incluidas las relacionadas con la ventilación y las actividades al aire libre
Se recomienda reforzar los mensajes en relación con las medidas de prevención: uso de mascarilla todo el tiempo posible, lavado de manos frecuente, mantenimiento de la distancia física, maximizar la ventilación y actividades al aire libre, minimizar número de contactos (preferiblemente siempre la misma burbuja) y “Me quedo en casa si tengo síntomas, diagnóstico o soy contacto”.

Regreso a casa de estudiantes
Se recomienda a los estudiantes que regresan a casa para las vacaciones que limiten las interacciones sociales y extremen las medidas de prevención los diez días antes.
Los estudiantes deberán atenerse a las medidas preventivas aplicables en cada comunidad y ciudad autónoma.
Una vez en casa, se recomienda limitar los contactos, respetar su burbuja de convivencia e interactuar sobre todo al aire libre, en lugar de en el interior.

Restauración y hostelería
Los establecimientos hosteleros seguirán las normas de aforo y prevención, así como el resto de restricciones vigentes en Castilla y León.
En particular, en el interior se garantizará una adecuada ventilación natural o mecánica.
Se recomienda reforzar el mensaje de hacer uso de la mascarilla cuando no se esté comiendo ni bebiendo y se evitará comer del mismo plato.

Vía pública
En coordinación con las entidades locales, se recomienda favorecer un mayor uso del espacio público al aire libre, de manera que haya más espacios disponibles para la ciudadanía, así como para la realización de eventos culturales, actividades para la infancia o para la hostelería y el comercio, respetando siempre lo dispuesto anteriormente en relación con la celebración de eventos navideños con elevada afluencia de público.
Asimismo, se recuerda la recomendación de no comer en la vía pública.

Eventos deportivos
No se podrán celebrar grandes eventos deportivos y, en su lugar, se recomiendan modalidades de participación virtual.

Eventos culturales
Las actividades navideñas tradicionales que se celebren en cines, teatros, auditorios, carpas de circo o similar se realizarán respetando el aforo previsto en la comunidad o ciudad autónoma correspondiente.
Cuando sea posible, se recomienda que las actividades se realicen al aire libre y siempre garantizando que se cumple la distancia de seguridad para minimizar el contacto entre los asistentes.

Celebraciones religiosas

Las ceremonias religiosas en espacios cerrados seguirán las normas de aforo establecidas en cada comunidad y ciudad autónoma.
Se recomienda evitar los cantos, recomendando en su lugar el uso de música pregrabada.
Asimismo, se deberán evitar las muestras físicas de devoción o tradición (besos, contacto sobre imágenes, esculturas, etc.), sustituyéndolas por otras que no conlleven riesgo sanitario.
La celebración de eventos religiosos, tales como la Misa del Gallo, no será óbice para el cumplimiento de la regulación relativa a la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno.
Se recomienda ofrecer como alternativa servicios telemáticos o por televisión.

Comercio
Se recomienda a la población que organice sus compras con antelación para evitar las grandes aglomeraciones en calles y centros comerciales.
Los comercios y calles comerciales respetarán el aforo previsto en la comunidad o ciudad autónoma correspondiente, asegurándose el mantenimiento de la distancia interpersonal de seguridad.
Medidas en relación a los centros residenciales sociosanitarios
Se recomienda que, en aquellos casos en que los residentes de centros residenciales sociosanitarios realicen una salida más prolongada con motivo de las celebraciones navideñas, estas queden restringidas a un único domicilio y manteniendo una burbuja de convivencia estable.
A su reingreso, se aconseja la realización de una prueba de diagnóstico de infección activa y los días posteriores al reingreso se extremarán las medidas de vigilancia y prevención.

Medidas en relación al transporte

Durante el periodo navideño se recomienda a las administraciones competentes aumentar la frecuencia de horarios del transporte público para evitar las aglomeraciones, garantizando una adecuada ventilación y el cumplimiento de las medidas de prevención, que incluyen no comer y hacer un uso correcto de la mascarilla.
Siempre que sea posible, se recomienda realizar los desplazamientos en transporte al aire libre.

Coordinación
Se recomienda establecer una coordinación efectiva con la Federación Española de Municipios y Provincias y sus federaciones regionales para informar de la situación epidemiológica, así como para acordar medidas que se implementen en los municipios y que posibiliten el disfrute de unas celebraciones navideñas diferentes por parte de la ciudadanía, con actividades al aire libre y cumpliendo las medidas de prevención y de limitación de agrupaciones de personas que sean aplicables.
La adopción de las medidas anteriormente descritas se enmarcan en las actuales situación y tendencia epidemiológicas y su diseño y divulgación responde al objetivo de ofrecer al ciudadano un marco claro y común para el conjunto del territorio nacional que le facilite su planificación; no obstante, además de la insistencia en evitar al máximo la movilidad y aglomeraciones sociales, en el caso de agravamiento del actual contexto pandémico, la Comunidad de Castilla y León podría modificar estas medidas para dar respuesta a nuevas circunstancias sanitarias a causa de la COVID-19.
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AYUDAS AL TURISMO, PEQUEÑO COMERCIO Y EMPRESAS ARTESANAS

3.6.- AYUDAS AL SECTOR TURÍSTICO PARA LA REACTIVACIÓN DE LA DEMANDA.
DOTACIÓN PRESUPUESTARIA NECESARIA: 2.000.000 €
OBJETO Y FINALIDAD:
En la Comunidad de Castilla y León, la Consejería de Cultura y Turismo pondrá en marcha un sistema de bonificación del consumo de servicios turísticos que los turistas realicen en la Comunidad, al objeto de fomentar la demanda turística y, con ello, impulsar el gasto y ayudar al mantenimiento del empleo turístico.
LÍMITE DE LAS AYUDAS
La cuantía individualizada de cada subvención se obtendrá mediante el cálculo del 30% del total de los justificantes de gasto presentados, con un límite máximo de 400 € de subvención por solicitud.

3.7.- LÍNEA DE SUBVENCIÓN DIRIGIDA A LA MODERNIZACIÓN, DIGITALIZACIÓN Y MEJORA DE LA GESTIÓN DEL COMERCIO DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN.
Presupuesto total para esta línea de subvención: 2.000.000 €
subvencionable:
La financiación de proyectos de inversión dirigidos a la modernización, digitalización y mejora de la gestión sobre la base de la innovación de los establecimientos comerciales minoristas de la Comunidad de Castilla y León, tanto de los establecimientos existentes como de los de nueva creación. )
Cuantía de la subvención: La cuantía de la subvención, por cada establecimiento comercial para el que se solicite, será de un 40% del presupuesto aceptado, con los siguientes límites:
a) No serán subvencionables los proyectos con un presupuesto subvencionable inferior a 2.000 euros.
b) El presupuesto máximo aceptado por cada proyecto subvencionable será de 50.000 euros. Órgano gestor: Dirección General de Comercio y Consumo.

3.8.- LÍNEA DE SUBVENCIÓN DIRIGIDA A LA MODERNIZACIÓN DE LAS EMPRESAS ARTESANAS DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN.
Presupuesto para esta línea de subvención: 250.000 €
Objeto subvencionable:
Incremento de la financiación de proyectos dirigidos a la modernización, la mejora de la gestión sobre la base de la innovación y la promoción de los establecimientos artesanos de la Comunidad de Castilla y León, tanto de los establecimientos existentes como de los de nueva creación.
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AYUDAS AL SECTOR DE LA HOSTELERÍA PARA LA ADECUACIÓN DE ESPACIOS SEGUROS PARA LOS CLIENTES MEDIANTE LOS CERRAMIENTOS DE TERRAZAS, MOBILIARIO DE CONFORT COMO ESTUFAS, CORTAVIENTOS Y MAMPARAS.

DOTACIÓN PRESUPUESTARIA NECESARIA: 5.000.000 € Estas subvenciones se atenderán con cargo a la dotación de crédito que se realizará en el presupuesto de la Dirección General de Turismo desde la Consejería de Economía y Hacienda.
OBJETO Y FINALIDAD:
Debido a la prolongación de los efectos que sobre el sector turístico en general, y sobre el sector de la hostelería en particular, está teniendo la crisis del Coronavirus, la Consejería de Cultura y Turismo considera prioritario en este momento ofrecer al sector de la hostelería una vía de financiación que contribuya al mantenimiento de su actividad y del empleo en los meses de temporada turística baja, con condiciones climatológicas más adversas.
Así lo ha puesto de manifiesto y lo ha solicitado el sector, que estima necesaria la financiación por parte de la Administración de espacios seguros para los clientes mediante cerramientos de terrazas (interiores o exteriores), mobiliario de confort como estufas, etc.
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TRÁMITE DE CONCESIÓN:
A través de una subvención directa a los Ayuntamientos de las Diputaciones provinciales, para que ellas se encarguen de canalizar la ayuda hacia los establecimientos.
LÍMITE DE LAS AYUDAS
100% del coste de la actuación hasta un máximo de 50.000 euros (IVA excluido).
CONCEPTOS Y GASTOS SUBVENCIONABLES:
Serán subvencionables, de conformidad con las condiciones que se establezcan en las bases de estas subvenciones, las obras de cerramiento y todas aquellas que sean necesarias para la instalación de los elementos de confort, las obras de reforma de espacios que sean necesarias, los gastos en redacción de proyecto y dirección facultativa de obra, la adquisición del mobiliario de confort necesario, las tasas por licencias o permisos necesarios, seguros y cualquier otro gasto necesario para realizar la actuación.
BENEFICIARIOS:
Establecimientos de hostelería que dispongan de un espacio de terraza (interior o exterior) con la posibilidad de crear un espacio de actividad en un entorno seguro. Existe una estimación en el conjunto de la Comunidad de más de 8.500 establecimientos que disponen de espacios (terrazas) susceptibles de esta actuación.
⏱PLAZO DE EJECUCIÓN:
Serán subvencionables los gastos producidos entre el 1 de junio de 2020 y el 31 de diciembre de 2021.
Órgano gestor: Consejería de Cultura y Turismo.

1️⃣ 2️⃣razones para no apoyar la LOMLOE 1️⃣2️⃣ razones contra la ley “Celaá”

¿Por qué la ley es inasumible?images
1️⃣. Es una Ley contra la LIBERTAD de los padres a elegir modelo educativo, centro, lengua vehicular, etc.
Afrenta al artículo 27 de la Constitución.
2️⃣. Es una ley contra la educación concertada pese a ser ésta resultado de la Ley educativa de 1985.
Elimina el concepto “demanda social”.
3️⃣. Es una ley contra la estabilidad legislativa.
De 1855 ( Ley Moyano) a 1970 sólo una ley educativa ( algunos decretos como los de Romanones, II República y 1945).
De 1970 a 2020 ocho leyes.
La orgánica y más determinante, la LOGSE ( que el PP no desmontó)
4️⃣. La nueva ley establece el derecho a la “educación pública”. Algo inédito en tanto que no existe tal derecho.
Existe el derecho a la educación sin adjetivos.
Además, la educación concertada también es pública, si bien de gestión indirecta.
5️⃣. Nueva asignatura de educación en valores cívicos y éticos.
Nueva Educación para la Ciudadanía.
6️⃣. Primacía del Consejo Escolar frente al papel de la dirección.
Desmonta la estructura jerárquica para establecer una suerte de asamblearismo de centro.
7️⃣. Afrenta la propia autonomía de los centros en tanto que la limita de forma muy acusada.
8️⃣. Insiste en el concepto “ derechos de la infancia” para contraponerlos a la patria potestad.
sabemos aquello de que los “ hijos no pertenecen a los padres”.
9️⃣. Distribución de alumnos por la administración asfixiar a la Concertada amparándose en la no segregación por causa socio-económica.
1️⃣0️⃣. Aunque lo escondan cosméticamente, la ley pretende eliminar los centros de educación especial en tanto que promueve la “integración” utópica.
1️⃣1️⃣. Profundiza en el desmantelamiento aún más intenso del Ministerio Nacional de Educación.
1️⃣2️⃣. Descentralización parcial de los Curricula.
Indefinición en las pruebas de acceso a la universidad.